Entidades no gubernamentales o privadas
ARTICULO 10, NUMERAL 25
Ley de Acceso a la Información Publica
En caso de las entidades no gubernamentales o de carácter privado que manejen o administren fondos públicos deben hacer pública la información obligatoria contenida en los numerales anteriores, relacionada únicamente a las compras y contrataciones que realicen con dichos fondos.
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